Ley [LOPJF]

Artículo 66 de Ley Orgánica Del Poder Judicial De La Federación

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Las ausencias de las y los servidores públicos a que se refieren los artículos y de , serán suplidas conforme a los acuerdos generales que emita el Órgano de Administración Judicial.

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