Ley [LOPSRM]
Artículo 10 de Ley De Obras Públicas Y Servicios Relacionados Con Las Mismas
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Buscar artículo o término en esta ley
Ley De Obras Públicas Y Servicios Relacionados Con Las Mismas (LOPSRM)
Busca por número de artículo o por texto dentro de esta ley.
Artículos cercanos
Artículo 10. En materia de obras públicas y servicios relacionados con las mismas, las personas titulares de las dependencias y los órganos de gobierno de las entidades serán los responsables de que, en la adopción e instrumentación de las acciones que deban llevar a cabo en cumplimiento de esta Ley, se observen criterios que promuevan la modernización y desarrollo administrativo, así como la efectiva delegación de facultades.
Las facultades conferidas por esta Ley a las personas titulares de las dependencias podrán ser ejercidas por las personas titulares de sus órganos desconcentrados, previo acuerdo delegatorio.
Artículo reformado DOF