Ley [LOPSRM]

Artículo 77 de Ley De Obras Públicas Y Servicios Relacionados Con Las Mismas

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Buscar artículo o término en esta ley

Ley De Obras Públicas Y Servicios Relacionados Con Las Mismas (LOPSRM)

Busca por número de artículo o por texto dentro de esta ley.

Artículo 77. Los licitantes, cotizantes o contratistas que infrinjan las disposiciones de esta Ley, serán sancionados por la Secretaría con multa equivalente a la cantidad de cincuenta hasta tres mil veces el valor de la UMA diaria vigente elevada al mes, en la fecha de la infracción.

Artículo reformado DOF ,

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias

Publicidad