Ley [LOPSRM]
Artículo 83 de Ley De Obras Públicas Y Servicios Relacionados Con Las Mismas
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Ley De Obras Públicas Y Servicios Relacionados Con Las Mismas (LOPSRM)
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Artículo 83. La Secretaría conocerá de las inconformidades que se promuevan contra los actos de los procedimientos de licitación pública o invitación a cuando menos tres personas que se indican a continuación:
- La convocatoria a la licitación, y las juntas de aclaraciones.
- La invitación a cuando menos tres personas.
Sólo estará legitimado para inconformarse quien haya recibido invitación, dentro de los seis días hábiles siguientes;
- El acto de presentación y apertura de proposiciones de la licitación pública y de la invitación a cuando menos tres personas, y el fallo de la licitación pública y de la invitación a cuando menos tres personas.
En la licitación pública y en la invitación a cuando menos tres personas, la inconformidad sólo podrá presentarse por quien hubiere presentado proposición, dentro de los seis días hábiles siguientes a la notificación del fallo en la Plataforma;
- La cancelación de la licitación o de la invitación a cuando menos tres personas.
En este supuesto, la inconformidad sólo podrá presentarse dentro de los seis días hábiles siguientes a su notificación por el licitante que hubiere presentado proposición, y
- Los actos y omisiones por parte de la convocante que impidan la formalización del contrato en los términos establecidos en la convocatoria a la licitación, en la invitación a cuando menos tres personas o en esta Ley.
Artículo reformado DOF , ,