Ley [LPTE]
Artículo 46 de Ley De Planeación Y Transición Energética
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 46.- El Fondo para la Transición Energética y el Aprovechamiento Sustentable de la Energía debe contar con un órgano colegiado integrado de conformidad con lo establecido en el contrato correspondiente.