Artículo 30.- Las Sociedades Controladoras podrán emitir obligaciones subordinadas sujetándose a lo dispuesto en esta Ley y en el artículo 64 de la Ley de Instituciones de Crédito.
Ley [LRAF]
Artículo 30.- Las Sociedades Controladoras podrán emitir obligaciones subordinadas sujetándose a lo dispuesto en esta Ley y en el artículo 64 de la Ley de Instituciones de Crédito.
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Ley Para Regular Las Agrupaciones Financieras (LRAF)
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