Artículo 11.- Las condecoraciones a que se hagan merecedoras las unidades se impondrán a la bandera o estandarte respectivo.
Ley [LRAM]
Artículo 11.- Las condecoraciones a que se hagan merecedoras las unidades se impondrán a la bandera o estandarte respectivo.
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Ley De Recompensas De La Armada De México (LRAM)
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