Ley [LRAM]
Artículo 15 de Ley De Recompensas De La Armada De México
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 15.- El Alto Mando expedirá y autorizará con su firma los diplomas que acrediten el derecho para portar las condecoraciones.
Ley [LRAM]
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 15.- El Alto Mando expedirá y autorizará con su firma los diplomas que acrediten el derecho para portar las condecoraciones.