Ley [LRAM]

Artículo 3o de Ley De Recompensas De La Armada De México

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 3o.- Todo miembro de la Armada de México que presencie o tenga conocimiento de algún acto meritorio, tiene la obligación de formular el parte respectivo y turnarlo por los conductos regulares.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias