Ley [LRArt3_MMCE_300919]
Artículo 16 de Ley Reglamentaria Del Artículo 3O. De La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos, En Materia De Mejora Continua De La Educación
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 16. La oferta de formación, capacitación y actualización deberá:
- Centrarse en la mejora continua de las maestras y los maestros para fortalecer el aprendizaje de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes;
- Fortalecer el desempeño académico de los educandos, a partir de una oferta amplia de métodos pedagógicos;
- Favorecer la equidad educativa;
- Propiciar la excelencia de la educación que imparta el Estado;
- Ser gratuita, diversa y de excelencia, en función de las necesidades de desarrollo del personal, para su mejor desempeño profesional;
- Ser pertinente con las necesidades del docente, de la escuela, de su zona escolar y de su entidad federativa;
- Responder, en su dimensión regional o local, a los requerimientos que el personal solicite para su desarrollo profesional;
- Incorporar la perspectiva de género y el enfoque de derechos humanos;
- Propiciar un marco de inclusión educativa;
- Atender a los resultados de las evaluaciones diagnósticas que apliquen las autoridades de educación media superior, las autoridades educativas de los Estados y la Ciudad de México y los organismos descentralizados;
- Tomar en cuenta las evaluaciones internas de las escuelas en la región de que se trate, desarrolladas por las instancias educativas correspondientes;
- Aprovechar y promover el uso de las tecnologías de la información, comunicación, conocimiento y aprendizaje digital para facilitar el acceso a la formación, capacitación y actualización, y
- Atender al personal interesado en participar en los procesos de promoción y reconocimiento, para proporcionar, entre otras, herramientas de trayectos formativos en la innovación, métodos tecnológicos de profesionalización o de gestión directiva.
El personal elegirá los programas o cursos de formación, capacitación y actualización en función de los resultados obtenidos en la evaluación diagnóstica en que participe o de sus necesidades, intereses, habilidades y capacidades, tomando en cuenta además los contextos locales y regionales de la prestación de los servicios educativos.