Ley [LRArt3_MMCE_300919]

Artículo 16 de Ley Reglamentaria Del Artículo 3O. De La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos, En Materia De Mejora Continua De La Educación

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 16. La oferta de formación, capacitación y actualización deberá:

  1. Centrarse en la mejora continua de las maestras y los maestros para fortalecer el aprendizaje de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes;
  2. Fortalecer el desempeño académico de los educandos, a partir de una oferta amplia de métodos pedagógicos;
  3. Favorecer la equidad educativa;
  4. Propiciar la excelencia de la educación que imparta el Estado;
  5. Ser gratuita, diversa y de excelencia, en función de las necesidades de desarrollo del personal, para su mejor desempeño profesional;
  6. Ser pertinente con las necesidades del docente, de la escuela, de su zona escolar y de su entidad federativa;
  7. Responder, en su dimensión regional o local, a los requerimientos que el personal solicite para su desarrollo profesional;
  8. Incorporar la perspectiva de género y el enfoque de derechos humanos;
  9. Propiciar un marco de inclusión educativa;
  10. Atender a los resultados de las evaluaciones diagnósticas que apliquen las autoridades de educación media superior, las autoridades educativas de los Estados y la Ciudad de México y los organismos descentralizados;
  11. Tomar en cuenta las evaluaciones internas de las escuelas en la región de que se trate, desarrolladas por las instancias educativas correspondientes;
  12. Aprovechar y promover el uso de las tecnologías de la información, comunicación, conocimiento y aprendizaje digital para facilitar el acceso a la formación, capacitación y actualización, y
  13. Atender al personal interesado en participar en los procesos de promoción y reconocimiento, para proporcionar, entre otras, herramientas de trayectos formativos en la innovación, métodos tecnológicos de profesionalización o de gestión directiva.
El personal elegirá los programas o cursos de formación, capacitación y actualización en función de los resultados obtenidos en la evaluación diagnóstica en que participe o de sus necesidades, intereses, habilidades y capacidades, tomando en cuenta además los contextos locales y regionales de la prestación de los servicios educativos.
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