Ley [LRArt3_MMCE_300919]
Artículo 2 de Ley Reglamentaria Del Artículo 3O. De La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos, En Materia De Mejora Continua De La Educación
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 2. La interpretación de para efectos administrativos corresponde a la Secretaría y la Comisión, en sus respectivos ámbitos de competencia.
A falta de disposición expresa en , se aplicarán en forma supletoria y en lo conducente, la , la , su reglamento y demás ordenamientos en materia educativa, así como lo dispuesto en los tratados internacionales sobre el derecho a la educación celebrados por el Estado mexicano.