Artículo 23.- Los organismos o entidades públicos se encuentran exentos de otorgar seguros y garantías financieras, para garantizar los daños a que se refiere esta ley.
Ley [LRCDN]
Artículo 23.- Los organismos o entidades públicos se encuentran exentos de otorgar seguros y garantías financieras, para garantizar los daños a que se refiere esta ley.
Navegación jurídica
Enlaces obtenidos del texto, el catálogo y los vínculos verificados entre normas.
Ley De Responsabilidad Civil Por Daños Nucleares (LRCDN)
Busca por número de artículo o por texto dentro de esta ley.