Ley [LSNIEG]

Artículo 113 de Ley Del Sistema Nacional De Información Estadística Y Geográfica

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 113.- En contra de los actos o resoluciones que dicte el Instituto, el interesado podrá interponer ante éste, el recurso de revisión o, cuando proceda, intentar la vía jurisdiccional que corresponda.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias