Artículo 10. El Sistema estará obligado a brindar información a los particulares en términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, a conceder la réplica a quien corresponda de conformidad con la legislación aplicable y a establecer un defensor de la audiencia en términos de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias

Relaciones del artículo 10

Ampliar

Artículo seleccionado Artículo Ley completa Salen del 10 Llegan al 10
  • Sin referencias directas identificadas. Puedes continuar por el índice de la ley.
Publicidad