Reglamento [Reg_CComer_MPSC]

Artículo 10o de REGLAMENTO del Código de Comercio en Materia de Prestadores de Servicios de Certificación

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Artículo 10o

CAPÍTULO III - De la Operación · SECCIÓN I - Del Inicio de Operaciones

ARTÍCULO 10o.- La Secretaría como autoridad certificadora y registradora, deberá comprobar la identidad del Prestador de Servicios de Certificación o su representante, para que éste pueda generar sus Datos de Creación de Firma Electrónica, sujetándose a lo dispuesto por los artículos 104, fracción IV y 105 del Código de Comercio.

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