CAPÍTULO III - De la Operación · SECCIÓN I - Del Inicio de Operaciones
ARTÍCULO 12o.- El Prestador de Servicios de Certificación deberá mantener la fianza vigente y actualizada en los casos siguientes:
I. Durante todo el período que comprenda su acreditación y el año siguiente a su término, cese o revocación;
II. Cuando sea sancionado con suspensión temporal, y
III. Si se hubiere iniciado procedimiento administrativo o judicial en su contra hasta que concluya el mismo.
Lo anterior deberá consignarse expresamente en la póliza de fianza.