Lectura de artículo · Reg_CComer_MPSC

Artículo 11o

REGLAMENTO del Código de Comercio en Materia de Prestadores de Servicios de Certificación

Artículo 11o

CAPÍTULO III - De la Operación · SECCIÓN I - Del Inicio de Operaciones

ARTÍCULO 11o.- El Prestador de Servicios de Certificación o su representante no podrán revelar los Datos de Creación de Firma Electrónica que correspondan a su propio Certificado y en todo caso serán responsables de su mala utilización. Dicho Certificado tendrá una vigencia de diez años.

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