TÍTULO II - De los Derechos y Obligaciones de los Contribuyentes · CAPÍTULO II - Del Pago, de la Devolución y de la Compensación de Contribuciones
Artículo 17.- Para los efectos del artículo 22 del Código, tratándose de saldos a favor que el contribuyente otorgue como garantía del interés fiscal, la actualización y los intereses a cargo del fisco federal dejarán de generarse en el momento en que la Autoridad Fiscal la acepte.