Lectura de artículo · Reg_CFF

Artículo 20

REGLAMENTO del Código Fiscal de la Federación

Artículo 20

TÍTULO II - De los Derechos y Obligaciones de los Contribuyentes · CAPÍTULO II - Del Pago, de la Devolución y de la Compensación de Contribuciones

Artículo 20.- Para los efectos del artículo 26, fracción X, cuarto párrafo, inciso c) del , el control efectivo para dirigir la administración, la estrategia o las principales políticas de una persona moral, podrá ser otorgado de manera expresa o tácita.

No se entenderán comprendidas en el artículo 26, fracción XI del , las sociedades que inscriban en el registro o libro de acciones o partes sociales a socios o accionistas personas físicas y morales que no les proporcionen la documentación necesaria para efectuar la comprobación a que se refiere dicha fracción, siempre que conserven copia de la constancia que emita el Servicio de Administración Tributaria a petición del socio o accionista de que se trate, en la que se señale que se entregó a dicho órgano desconcentrado la documentación que acredite que se cumplió con la obligación de retener y enterar el impuesto sobre la renta causado por el enajenante de las acciones o de las partes sociales o, en su caso, la copia del dictamen fiscal respectivo.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias

Relaciones del artículo 20

Ampliar

  • Sin referencias directas identificadas. Puedes continuar por el índice de la ley.
Leyenda
Artículo seleccionado Artículo Ley completa Salen del 20 Llegan al 20
Publicidad