Artículo 75.- Para los efectos del artículo 75 del Código, la imposición de una multa cuyo monto se encuentre actualizado, se deberá fundar tanto en las disposiciones aplicables del Código, como en las reglas de carácter general que emita el Servicio de Administración Tributaria, en las cuales se determina de forma detallada el procedimiento por el que se obtuvo el factor de actualización que se aplicará a la multa.
Reglamento [Reg_CFF]
Artículo 75 de REGLAMENTO del Código Fiscal de la Federación
Texto reglamentario íntegro, referencias y reglamento completo.
TÍTULO III - De las Facultades de las Autoridades Fiscales · CAPÍTULO VIII - De las Infracciones Fiscales
Navegación jurídica
Relaciones verificadas del artículo
Enlaces obtenidos del texto, el catálogo y los vínculos verificados entre normas.
Artículos cercanos
Buscar en este reglamento Por artículo o término
Buscar artículo o término en este reglamento
REGLAMENTO del Código Fiscal de la Federación (Reg_CFF)
Busca por número de artículo o por texto dentro de este reglamento.