TÍTULO CUARTO - RÉGIMEN DE LOS ASCENSOS EN TIEMPO DE PAZ · CAPÍTULO II - De los ascensos por facultad del Alto Mando · SECCIÓN SEGUNDA - Del Concurso de Selección
Artículo 60. Si por necesidades del servicio u otra causa justificada, el personal convocado no puede efectuar los exámenes en las fechas programadas y dentro del período del concurso de selección, las Comisiones Locales deberán programar con la Comisión Coordinadora las nuevas fechas de aplicación.