Artículo 60. Si por necesidades del servicio u otra causa justificada, el personal convocado no puede efectuar los exámenes en las fechas programadas y dentro del período del concurso de selección, las Comisiones Locales deberán programar con la Comisión Coordinadora las nuevas fechas de aplicación.
Reglamento [Reg_LAAM]
Artículo 60 de REGLAMENTO de la Ley de Ascensos de la Armada de México
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TÍTULO CUARTO - RÉGIMEN DE LOS ASCENSOS EN TIEMPO DE PAZ · CAPÍTULO II - De los ascensos por facultad del Alto Mando · SECCIÓN SEGUNDA - Del Concurso de Selección
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