Artículo 17.- Los programas anuales de adquisiciones, arrendamientos y servicios deberán actualizarse, cuando proceda, a más tardar el último día hábil de cada mes, para lo cual la Plataforma estará habilitada durante los últimos cinco días hábiles de cada mes.
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Artículo 17 de REGLAMENTO de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público
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TÍTULO PRIMERO - DISPOSICIONES GENERALES · CAPÍTULO PRIMERO - DISPOSICIONES PREVIAS
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