TÍTULO SEGUNDO - AYUDA ALIMENTARIA · CAPÍTULO II - De la Difusión de la Campaña Nacional Permanente
Artículo 10. La Secretaría de Salud, en coordinación con la Secretaría, establecerá los mensajes educativos en materia de promoción de la salud y orientación alimentaria, a fin de fomentar una alimentación que favorezca la adopción de una Dieta Correcta y la promoción de un estilo de vida saludable que prevenga la desnutrición, el sobrepeso y la obesidad.