Título adicionado DOF 21-01-2022 · Capítulo adicionado DOF 21-01-2022
ARTÍCULO 204. La Agencia Federal de Aviación Civil establecerá un Comité de Seguridad operacional que se integrará en los términos que establezca el .
Dicho Comité de Seguridad Operacional tendrá por objeto implementar y dar seguimiento al cumplimiento de los objetivos del Programa Estatal de Seguridad Operacional.
El Comité podrá convocar a representantes de las personas proveedoras de servicio de la industria, para la atención de los asuntos relativos a temas de seguridad operacional a nivel sistema de aviación de México.
Los integrantes del Comité de Seguridad Operacional y sus reglas de operación estarán definidos en el .
Artículo adicionado DOF . Reformado DOF