Lectura de artículo · Reg_LAC

Artículo 52

REGLAMENTO de la Ley de Aviación Civil

Artículo 52

Título Segundo - Del transporte aéreo · Capítulo III - Disposiciones comunes a los servicios de transporte aéreo · Sección cuarta - De las tarifas

ARTÍCULO 52. La solicitud que se formule a la Agencia Federal de Aviación Civil para que establezca bases de regulación tarifaria debe presentarse por escrito, en tres tantos, debiendo la persona solicitante:

Párrafo reformado DOF

  1. Señalar su nombre, denominación o razón social, domicilio y personas autorizadas para oír y recibir notificaciones;
  2. Suscribir la solicitud y acompañar los documentos que acrediten la personalidad del representante legal, en su caso;
  3. Acreditar su carácter de persona concesionaria, asignataria, permisionaria o parte afectada, o aportar los elementos que permitan presumir tal carácter;

    Fracción reformada DOF

  4. Precisar las razones y el servicio respecto del cual considere que no existe competencia efectiva, y
  5. Aportar los demás elementos por los que considera que no existe competencia efectiva.

La persona solicitante podrá turnar copia a la Comisión Federal de Competencia Económica.

Párrafo reformado DOF

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