Lectura de artículo · Reg_LAC

Artículo 53-A

REGLAMENTO de la Ley de Aviación Civil

Artículo 53-A

Título Segundo - Del transporte aéreo · Capítulo III - Disposiciones comunes a los servicios de transporte aéreo · Sección cuarta - De las tarifas

ARTÍCULO 53-A. La Comisión Federal de Competencia Económica, durante el desahogo del procedimiento establecido en la Ley Federal de Competencia Económica, y cuando considere que la inexistencia de condiciones de competencia efectiva pudiera afectar el interés público, podrá solicitar a la Agencia Federal de Aviación Civil que, como medida precautoria para proteger el proceso de competencia y libre concurrencia en el mercado aéreo nacional, imponga bases de regulación tarifaria, a las personas concesionarias, permisionarias o asignatarias que impidan la existencia de dichas condiciones.

Recibida la solicitud de la Comisión Federal de Competencia Económica, la Agencia Federal de Aviación Civil procederá a aplicar la medida precautoria correspondiente en un plazo que no excederá de quince días hábiles.

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