Título Segundo - Del transporte aéreo · Capítulo III - Disposiciones comunes a los servicios de transporte aéreo · Sección cuarta - De las tarifas
ARTÍCULO 55. Sin perjuicio del ejercicio de sus atribuciones, la Comisión Federal de Competencia Económica podrá emitir opinión a la Agencia Federal de Aviación Civil para que, en su caso, la misma establezca bases de regulación tarifaria de conformidad con lo dispuesto en las fracciones III y IV del artículo 53 del presente reglamento.
Artículo reformado DOF 31-05-2023