Reglamento [Reg_LAPP]

Artículo 12 de REGLAMENTO de la Ley de Asociaciones Público Privadas

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REGLAMENTO de la Ley de Asociaciones Público Privadas (Reg_LAPP)

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Artículo 12

CAPÍTULO PRIMERO - Disposiciones Preliminares · Sección Segunda - CompraNet

Artículo 12.- La Función Pública incluirá en CompraNet, por secciones debidamente separadas, la información relativa a:

I. Los proyectos de asociación público-privada en que participen dependencias y entidades federales;

II. Las propuestas no solicitadas que se presenten a las dependencias y entidades federales, en términos del capítulo tercero de la Ley, y

III. El registro único de desarrolladores, con indicación de los socios que controlen la sociedad y sus administradores, con un apartado específico para desarrolladores sancionados por resolución firme.

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