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Artículo 11

REGLAMENTO de la Ley de Asociaciones Público Privadas

Artículo 11

CAPÍTULO PRIMERO - Disposiciones Preliminares · Sección Primera - Disposiciones Previas

Artículo 11.- Las definiciones del artículo 12 de la Ley serán aplicables a este Reglamento. Adicionalmente, para los efectos del mismo, se entenderá por:

  1. Agente: Persona que presta sus servicios para auxiliar a la dependencia o entidad dentro del procedimiento de concurso, en términos del tercer párrafo del artículo 38 de la Ley;
  2. Cartera: La cartera de programas y proyectos de inversión que integra la Secretaría en términos del artículo 34, fracción III, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y 46 de su Reglamento;
  3. Comisión: Comisión Intersecretarial de Gasto Público, Financiamiento y Desincorporación;
  4. Concurso: El procedimiento de contratación a través de licitación pública mediante convocatoria, en términos del tercer párrafo del artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
  5. Derogada.

    Fracción reformada DOF . Derogada DOF

  6. Entidades Federales: Las entidades paraestatales de la Administración Pública Federal, los fideicomisos públicos federales no considerados entidades paraestatales y las empresas productivas del Estado;

    Fracción reformada DOF

  7. Función Pública: La Secretaría de la Función Pública;
  8. Inversión Inicial: En relación con cada proyecto, el monto total de las aportaciones, en numerario y distintas a numerario, tanto del sector público como del sector privado, con y sin financiamiento, necesarias para que el proyecto inicie operaciones, calculado conforme a los estudios a que se refieren los artículos 14, fracción VII, de la Ley y 27 de este Reglamento. Estas cantidades no incluirán el valor que se atribuya a las autorizaciones mencionadas en la fracción II del artículo 12 de la Ley;
  9. Medios Electrónicos: Dispositivos tecnológicos para el procesamiento, transmisión, impresión, despliegue, conservación y, en su caso, modificación de información;
  10. Página web: El sitio de Internet que contiene información, aplicaciones y, en su caso, vínculos a otras páginas;
  11. Presupuesto de Egresos: El Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal correspondiente;

    Fracción reformada DOF

  12. Rescisión: La finalización de un contrato de asociación público-privada por incumplimiento de alguna de las partes, cuyos efectos, términos y condiciones para llevarla a cabo, deberán estipularse en el contrato;

    Fracción reformada DOF

  13. Secretaría: La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y

    Fracción adicionada DOF

  14. Terminación Anticipada: La finalización de un contrato de asociación público-privada en términos de los artículos 123 y 124 de este Reglamento, por motivos estipulados en el contrato, distintos al incumplimiento de alguna de las partes.

    Fracción adicionada DOF

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