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Artículo 50

REGLAMENTO de la Ley de Asociaciones Público Privadas

Artículo 50

CAPÍTULO TERCERO - De las Propuestas No Solicitadas · Sección Tercera - Del Concurso de los Proyectos

Artículo 50.- El certificado para el reembolso de gastos por los estudios realizados deberá contener las menciones siguientes:

  1. Las previstas en el artículo 31, fracción I, de la Ley;
  2. La de que no podrá cederse, y que los derechos que ampara sólo podrán ejercerse por el promotor;
  3. La de que el reembolso de los gastos realizados se hará contra entrega del propio certificado, y
  4. La de que el certificado quedará sin efecto y procede su cancelación:
    1. Si el Concurso no se convoca por causas imputables al promotor, o
    2. Si realizado el Concurso, el proyecto no se adjudica y la convocante decide no adquirir los estudios presentados.
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