Reglamento [Reg_LAPP]

Artículo 70 de REGLAMENTO de la Ley de Asociaciones Público Privadas

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REGLAMENTO de la Ley de Asociaciones Público Privadas (Reg_LAPP)

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Artículo 70

CAPÍTULO CUARTO - De la Contratación de los Proyectos · Sección Segunda - De los Concursos

Artículo 70.- Entre la última junta de aclaraciones o de modificación a las bases, lo que resulte posterior, y el acto de presentación de las propuestas, deberá haber un plazo no menor a diez días hábiles.

Subsección Tercera

De la Presentación de las Propuestas

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