TÍTULO PRIMERO - DEL ÁMBITO DE APLICACIÓN Y DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 2o.- Para los efectos de este Reglamento se entenderá por:
- : La Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público;
- : El Reglamento de la de Asociaciones Religiosas y Culto Público;
- : La Secretaría de Gobernación;
- : La de Población, Migración y Asuntos Religiosos, y
- : La de Asociaciones Religiosas.