TÍTULO CUARTO - De las Recompensas Militares · CAPÍTULO I - Del Otorgamiento de las Condecoraciones · SECCIÓN NOVENA - De la Condecoración al Mérito Deportivo
ARTÍCULO 125.- Se considerarán Concursos de Segundo Nivel:
I. Los Juegos Deportivos Centroamericanos, y
II. Las Competencias Internacionales, entre selecciones nacionales de Primera Fuerza.