TÍTULO CUARTO - De las Recompensas Militares · CAPÍTULO I - Del Otorgamiento de las Condecoraciones · SECCIÓN NOVENA - De la Condecoración al Mérito Deportivo
ARTÍCULO 127.- Se considerarán Concursos de Cuarto Nivel:
I. Los Campeonatos Regionales de Primera Fuerza de los Estados, y
II. Los Campeonatos Nacionales del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional convocados por la Secretaría.
Fracción reformada DOF 20-03-2026