ARTÍCULO 61 Bis.- Las personas con jerarquía de Mayores y Oficiales Médicos Cirujanos, ascenderán al grado inmediato en los términos previstos en las fracciones III Bis y III Ter del artículo 9 de la Ley.
Artículo adicionado DOF 20-03-2026
Reglamento [Reg_LAREFAGN]
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ARTÍCULO 61 Bis.- Las personas con jerarquía de Mayores y Oficiales Médicos Cirujanos, ascenderán al grado inmediato en los términos previstos en las fracciones III Bis y III Ter del artículo 9 de la Ley.
Artículo adicionado DOF 20-03-2026
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REGLAMENTO de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional (Reg_LAREFAGN)
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