TÍTULO SEGUNDO - De los Ascensos en Tiempo de Paz · CAPÍTULO IV - Modalidades de Ascenso · SECCIÓN SEXTA - Por Concurso de Selección
ARTÍCULO 61 Bis.- Las personas con jerarquía de Mayores y Oficiales Médicos Cirujanos, ascenderán al grado inmediato en los términos previstos en las fracciones III Bis y III Ter del artículo 9 de la Ley.
Artículo adicionado DOF 20-03-2026