TÍTULO SEGUNDO - De los Ascensos en Tiempo de Paz · CAPÍTULO IV - Modalidades de Ascenso · SECCIÓN SEXTA - Por Concurso de Selección
ARTÍCULO 61.- El Estado Mayor comunicará anualmente el inicio y la culminación del período general de pruebas, atendiendo a lo establecido en los artículos 16 y 23 de la Ley.