Artículo 227. Los permisos a los que hace referencia el artículo 165, fracción II, inciso b) de la Ley, son todos aquellos instrumentos que emitan las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, cuya finalidad sea la de regular, restringir o prohibir la importación o exportación de Mercancías.
Reglamento [Reg_LAdua]
Artículo 227 de REGLAMENTO de la Ley Aduanera
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TÍTULO SÉPTIMO - AGENTES ADUANALES, AGENCIAS ADUANALES Y REPRESENTANTES LEGALES · Capítulo I - Agentes Aduanales
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