Título Sexto De la operación en los aeródromos civiles · Capítulo I De las reglas generales de operación · Sección Tercera De las operaciones
Artículo 114. La carga y descarga deberá realizarse dentro de las áreas destinadas para tal fin, conforme lo señalen las reglas de operación del aeródromo y de conformidad con las limitaciones que establezcan las autoridades competentes.