TITULO QUINTO - DE LAS INSCRIPCIONES EN EL REGISTRO AGRARIO NACIONAL · Capítulo Unico
Artículo 66.- Los planos del ejido que se elaboren, deberán contener las siguientes firmas:
- Del Comisariado;
- Del Consejo de Vigilancia, y
- De quiénes deban hacerlo, conforme a las normas técnicas emitidas por el Registro.