Artículo 66.- Los planos del ejido que se elaboren, deberán contener las siguientes firmas:
a) Del Comisariado;
b) Del Consejo de Vigilancia, y
c) De quiénes deban hacerlo, conforme a las normas técnicas emitidas por el Registro.
Reglamento [Reg_LAgra_MCDETS]
Texto reglamentario íntegro, referencias y reglamento completo.
Artículo 66.- Los planos del ejido que se elaboren, deberán contener las siguientes firmas:
a) Del Comisariado;
b) Del Consejo de Vigilancia, y
c) De quiénes deban hacerlo, conforme a las normas técnicas emitidas por el Registro.
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Enlaces obtenidos del texto, el catálogo y los vínculos verificados entre normas.
REGLAMENTO de la Ley Agraria en Materia de Certificación de Derechos Ejidales y Titulación de Solares (Reg_LAgra_MCDETS)
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