Artículo 60. En el caso de los Permisos de Importación de Biocombustibles, la persona solicitante debe presentar una solicitud en el formato autorizado por la SENER, de acuerdo con lo señalado en el artículo 27 de este Reglamento y los requisitos siguientes:
I. Descripción del uso que se le plantea dar al Biocombustible;
II. Proyección del volumen y costos de importación del Biocombustible;
III. En el caso de proveedores extranjeros, la relación que contenga el nombre, domicilio, datos fiscales o equivalente de las personas productoras o proveedoras de los Biocombustibles a importar, así como el documento con el que acredite la relación con estos, como el contrato de suministro, carta de intención o la factura de compra, en la que se señale el volumen que planea adquirir durante el ejercicio fiscal y el tipo de Biocombustible correspondiente;
IV. Especificaciones técnicas del Biocombustible importado;
V. En caso de que el objeto de la importación sea la Formulación de acuerdo con lo establecido en la Ley del Sector Hidrocarburos, se debe presentar el permiso correspondiente;
VI. Constancia de Situación Fiscal que acredite la razón o denominación social y la clave del registro federal de contribuyentes de la persona o personas que cuenten con el permiso vigente expedido por la SENER relacionadas con las actividades de Almacenamiento, Comercialización, Distribución, Expendio al Público, Producción y Transporte de los Biocombustibles a importar, según sea el caso;
VII. Para dichos efectos, además se debe acreditar su relación comercial con tales personas mediante el contrato correspondiente, carta de intención o, en su caso, debe indicar si se plantea llevar a cabo dichas actividades de forma directa para lo cual debe obtener y presentar el permiso vigente emitido por la SENER;
VIII. Constancia de Situación Fiscal que acredite la denominación o razón social y la clave del Registro Federal de Contribuyentes de al menos dos de sus principales clientes, además de acreditar la relación con dichos clientes con el contrato o carta intención correspondiente, en el que se señale el volumen que planea vender durante el ejercicio fiscal y el producto correspondiente, y
IX. Certificación del Biocombustible importado emitida por laboratorios acreditados y aprobados en materia de calidad.