SÉPTIMO. Hasta en tanto se emitan las Normas Oficiales Mexicanas o Lineamientos a que se refieren el artículo 28 de la Ley de Biocombustibles, continúan vigente los Lineamientos por los que se establecen las especificaciones de calidad y características para Bioetanol, Biodiésel y Bioturbosina puros, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 22 de octubre de 2018, en lo que no se opongan a la Ley y el presente Reglamento.
Reglamento [Reg_LBio]
Artículo Transitorio SÉPTIMO de REGLAMENTO de la Ley de Biocombustibles
Texto reglamentario íntegro, referencias y reglamento completo.
Transitorios
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Relaciones verificadas del artículo
Enlaces obtenidos del texto, el catálogo y los vínculos verificados entre normas.
Ley reglamentada
Ley De Biocombustibles
[LBio]
Artículo citado
Artículo 28 de LBio
[LBio]
Mismo título
Transitorio SEXTO de Reg_LBio
[Reg_LBio]
Mismo título
Transitorio OCTAVO de Reg_LBio
[Reg_LBio]
Mismo título
Transitorio QUINTO de Reg_LBio
[Reg_LBio]
Mismo título
Transitorio NOVENO de Reg_LBio
[Reg_LBio]
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