Transitorios
NOVENO. Hasta en tanto se determina el formato autorizado por la SENER para la presentación de cada solicitud a la que hace referencia el presente reglamento y estos se publiquen en los portales electrónicos de la SENER, así como en los portales públicos de información de trámites, los formatos previos, los escritos libres y las versiones electrónicas autorizadas son válidos para presentar la solicitud correspondiente.