Lectura de artículo · Reg_LCE

Artículo 199

REGLAMENTO de la Ley de Comercio Exterior

Artículo 199

TITULO X - SISTEMA NACIONAL DE PROMOCION EXTERNA · CAPITULO UNICO

ARTICULO 199.- Se establecerá anualmente el Programa Especial de Misiones, Ferias y Eventos, que tendrá por objeto promover el comercio y la inversión. Con el propósito de formular, ejecutar y revisar este Programa, dentro del Sistema Nacional de Promoción Externa, se integrará un comité presidido por la , para lo cual ésta convocará a las siguientes entidades y organismos:

  1. Banco Nacional de Comercio Exterior, Sociedad Nacional de Crédito;
  2. Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito;
  3. Consejo Mexicano de Inversión;
  4. Consejo Coordinador Empresarial;
  5. Asociación Nacional de Importadores y Exportadores de la República Mexicana;
  6. Consejo Nacional de Comercio Exterior;
  7. Consejo Empresarial Mexicano para Asuntos Internacionales;
  8. Confederación Nacional de Cámaras de Comercio;
  9. Confederación Nacional de Cámaras de Industria;
  10. Cámara Nacional de Comercio de la Ciudad de México, y
  11. Otros organismos que determine la .
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