Lectura de artículo · Reg_LCE

Artículo 31

REGLAMENTO de la Ley de Comercio Exterior

Artículo 31

TITULO III - PERMISOS PREVIOS Y CUPOS DE EXPORTACION E IMPORTACION · CAPITULO III - Cupos

ARTICULO 31.- Cuando la lo juzgue necesario, en los términos del segundo párrafo del artículo 24 de la Ley, podrá asignar un cupo a la exportación o importación por medio de procedimientos distintos a la licitación pública.

En los casos en que los cupos se asignen de manera directa o en el orden en que los importadores lleguen a la aduana, la podrá establecer topes individuales máximos de valor, cantidad o volumen para determinada mercancía de exportación o importación.

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