ARTICULO 52.- Además de los ajustes a que se refiere el artículo 36 de la Ley, las diferencias relativas a niveles de comercio también se ajustarán en la medida en que no hayan sido tomadas en consideración de otra forma.
Reglamento [Reg_LCE]
Artículo 52 de REGLAMENTO de la Ley de Comercio Exterior
Texto reglamentario íntegro, referencias y reglamento completo.
TITULO IV - PRACTICAS DESLEALES DE COMERCIO INTERNACIONAL · Capítulo reubicado DOF 22-05-2014
Navegación jurídica
Relaciones verificadas del artículo
Enlaces obtenidos del texto, el catálogo y los vínculos verificados entre normas.
Artículos cercanos
Buscar en este reglamento Por artículo o término
Buscar artículo o término en este reglamento
REGLAMENTO de la Ley de Comercio Exterior (Reg_LCE)
Busca por número de artículo o por texto dentro de este reglamento.