Artículo 34. A efecto de que la Secretaría lleve a cabo el registro de las delegaciones de las Cámaras, éstas deberán remitir el acta de las sesiones de sus asambleas generales en las cuales se apruebe su establecimiento y operación.
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Artículo 34 de REGLAMENTO de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones
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CAPÍTULO VI - DE LAS DELEGACIONES
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