Reglamento [Reg_LCEC]

Artículo 34 de REGLAMENTO de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones

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Artículo 34

CAPÍTULO VI - DE LAS DELEGACIONES

Artículo 34. A efecto de que la Secretaría lleve a cabo el registro de las delegaciones de las Cámaras, éstas deberán remitir el acta de las sesiones de sus asambleas generales en las cuales se apruebe su establecimiento y operación.

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