Reglamento [Reg_LCEC]

Artículo 32 de REGLAMENTO de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones

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REGLAMENTO de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones (Reg_LCEC)

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Artículo 32

CAPÍTULO V - DE LOS ÓRGANOS DE LAS CÁMARAS Y SUS CONFEDERACIONES

Artículo 32. Los consejeros y directivos tienen los mismos derechos para votar en las sesiones del consejo. La Ley establece igual cúmulo de atribuciones a quienes lo conforman, y prevé que aquellos que lo encabezan, además deben desempeñar las funciones que se encuentren determinadas en los estatutos respectivos.

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