Reglamento [Reg_LEMEFAGN]

Artículo 111 de REGLAMENTO de la Ley de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional

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REGLAMENTO de la Ley de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional (Reg_LEMEFAGN)

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Artículo 111

TÍTULO QUINTO - Admisión · CAPÍTULO I - Generalidades del Proceso de Admisión

ARTÍCULO 111.- Los organismos que participen en las fases de admisión al Sistema, serán:

I. Estado Mayor Conjunto de la Defensa Nacional;

II. Dirección y Rectoría;

III. Comandancia del Ejército Mexicano;

IV. Comandancia de la Fuerza Aérea Mexicana;

V. Comandancia de la Guardia Nacional;

VI. Direcciones Generales de las Armas y los Servicios;

VII. Dirección General de Comunicación Social;

VIII. Dirección General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones;

IX. Comandancias de Regiones y Zonas Militares, y

X. Otros organismos que determine la Secretaría.

Artículo reformado DOF 20-03-2026

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