Reglamento [Reg_LEMEFAGN]

Artículo 134 de REGLAMENTO de la Ley de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional

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REGLAMENTO de la Ley de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional (Reg_LEMEFAGN)

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Artículo 134

TÍTULO QUINTO - Admisión · CAPÍTULO VI - De los Estudiantes Militares en el Extranjero

ARTÍCULO 134.- La Secretaría establecerá la normatividad a que se sujetarán los integrantes del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional, que sean seleccionados para realizar estudios en el extranjero, de conformidad con la Ley y el presente Reglamento.

Artículo reformado DOF 20-03-2026

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