Reglamento [Reg_LEMEFAGN]

Artículo 135 de REGLAMENTO de la Ley de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional

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REGLAMENTO de la Ley de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional (Reg_LEMEFAGN)

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Artículo 135

TÍTULO QUINTO - Admisión · CAPÍTULO VI - De los Estudiantes Militares en el Extranjero

ARTÍCULO 135.- La Secretaría, de conformidad con el programa de becas selecciona a las personas militares para realizar cursos en el extranjero de conformidad con las necesidades del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional, expidiendo los requisitos para cada Curso.

Artículo reformado DOF 20-03-2026

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