TÍTULO QUINTO - Admisión · CAPÍTULO VI - De los Estudiantes Militares en el Extranjero
ARTÍCULO 135.- La Secretaría, de conformidad con el programa de becas selecciona a las personas militares para realizar cursos en el extranjero de conformidad con las necesidades del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional, expidiendo los requisitos para cada Curso.
Artículo reformado DOF 20-03-2026